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PREVENCION DE RIESGOS LABORALES Y PROTOCOLO DE ACOSO LABORAL

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales obliga a todas las empresas y empleadores/as, a la realización de las correspondientes disciplinas técnicas: seguridad en el trabajo, higiene industrial, ergonomía y psicosociología, así como la vigilancia de la salud, a través de la evaluación de riesgos, formación de los trabajadores, plan de emergencia, reconocimientos médicos, etc.

 

Además, la Ley de Igualdad obliga a todos los empresarios/as y empleadores/as, a la realización del protocolo de acoso laboral.

 

Por esta razón, recomendamos que contactéis con vuestro proveedor de prevención, para verificar que ambas obligaciones están al día

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