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EMPRESAS DE FORMACION CONTINUA - LAS LLAMADAS DEL MIEDO

👀Últimamente estamos detectando que se están produciendo llamadas de empresas que quieren vender sus servicios de formación continua a “coste cero” a base de infundir miedo ante la posibilidad de fuertes multas económicas o afirmando que “no tenemos al día nuestras obligaciones laborales”

 

🚫 No debemos asustarnos con este tipo de “llamadas del miedo” ni acceder a sus chantajes emocionales

 

🎯 ¿Qué es la formación continua?

✅ Sirve para mejorar las capacidades laborales del personal

💰 Las empresas disponen de un saldo mínimo a su favor de 420,00 € anuales para la formación del personal

❌ No es obligatorio hacer uso de este saldo

 

🎯 ¿Por qué no es a “coste cero”?

1️⃣ La empresa de formación emite su factura por los servicios prestados

2️⃣ La factura no tiene por qué coincidir con nuestro saldo para la formación, a veces incluyen sus gastos de gestión y estos no se recuperan

3️⃣ La formación contratada puede superar nuestro saldo para la formación

 

🎯 ¿Cómo recupero esos 420,00 €?

El saldo utilizado para la formación se descuenta de los seguros sociales

 

🔍 El SEPE no revisa estas bonificaciones de forma inmediata, por lo que, tres o cuatro años después, podemos encontrarnos con la reclamación de las bonificaciones practicadas, si detectan que la formación no se ajusta a las especificaciones de la FUNDAE

 

🙈 Muchas de estas empresas de formación se desentienden, trasladando la responsabilidad de la gestión de sus propios servicios a las empresas, negándose a dar respuesta al requerimiento del SEPE o a presentar los documentos que este reclama, o bien enviándole a la empresa la documentación incompleta para que esta asuma la carga de resolver el problema.

 

📌 Actualmente las llamadas del miedo se están centrando en la “formación para la protección integral contra las violencias sexuales”.

 

📣 Afirman que es obligatoria porque así lo indica el artículo 12 de la Ley Orgánica 10/2022 de 6 de septiembre de garantía integral de la libertad sexual

✅ La Ley indica que las empresas deben promover la sensibilización y ofrecer la formación sobre esta materia al personal a su servicio.

❌ No obliga a realizar cursos concretos, porque la forma de proporcionar la formación esta sin desarrollar

📚 Mediante las herramientas de comunicación interna se puede poner a disposición del personal la formación sobre esta materia, utilizando la guía publicada por el Ministerio de Igualdad

 

“GUIA DE ACTUACION FRENTE AL ACOSO SEXUAL Y ACOSO POR RAZON DE SEXO EN EL TRABAJO”

 

🎯 Otros cursos que están intentando ofrecer a través de la técnica de la “llamada del miedo” son:

🛡️ Prevención de riesgos laborales ⟶ debe estar realizada y gestionada por la empresa que tengáis contratada para la prevención de riesgos laborales

🩹 Primeros auxilios ⟶ no es necesario tener formación en la empresa sobre esta materia

🚫 Acoso laboral ⟶ debe ser realizado por vuestro servicio de prevención

 

🚩 RECUERDA: la formación continua no es obligatoria, si queréis utilizarla, procurar que sea útil para la actividad de la empresa y realmente mejore las capacidades del personal

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